¿Qué significa recurso?
[re-cur-so] [reˈkuɾso] [rrɛˈkurso]
Palabra derivada del latín recursus, que significa retorno o acción de volver, derivado de recurrere, volver corriendo.
Diccionario
recurso
- [masculino]. Acción y efecto de recurrir.
- Vuelta de una cosa al sitio de donde salió.
- Memorial, petición por escrito.
- [derecho foral]. Acción que la ley concede al interesado en un juicio o en otro procedimiento judicial para reclamar contra las resoluciones dictadas, ya ante el juez o tribunal que las dictó, o bien ante otro juez o tribunal.
- [plural]. Bienes, medios de subsistencia.
- Elementos de que una colectividad puede echar mano para acudir a una necesidad o llevar a cabo una empresa.
- [economía]. Desde un punto de vista económico, los recursos comprenden capacidades humanas, propiedades, animales y objetos materiales, tierra, fauna y flora, agua y orras substancias, escasas con relación a la demanda, y que se emplean, a menudo conjuntamente, para producir bienes y servicios. Así, del uso conjunto de la tierra, la hierba, la vaca, el granjero y su herramienta, se produce la leche. Una de las características de los recursos es su escasez, en el sentido de que nunca son suficientes para producir todos los servicios y bienes necesarios para satisfacer todas y cada una de las necesidades humanas. Los límites de los recursos están determinados por la propia naturaleza y el conocimiento del hombre. De la buena combinación de los recursos resulta una variada producción de bienes y servicios diferentes. Este es uno de los fines de la economía.
- [sentido figurado]. Expedientes, arbitrios, medios especiales para triunfar en una empresa.
§ Recurso contencioso-adminisirátivo. [derecho foral]. El que se interpone contra las resoluciones de la administración activa que reúnen determinadas condiciones establecidas en las leyes.
§ Recurso de aclaración. [derecho foral]. El que se interpone para obtener de un tribunal explicaciones más claras sobre algún extremo de su fallo.
§
- Recurso de amparo. [derecho foral]. El estatuido por la Constitución de 1931 ante el Tribunal de Garantías, cuando los derechos asegurados por la Luy fundamental no hubieren sido respetados por otros tribunales o autoridades.
- [derecho foral]. Recurso contra resoluciones sindicales por causa de lesión económica a afiliado sindical. Entiende de este recurso un Tribunal del mismo nombre.
§ Recurso de apelación. [derecho foral]. El que se entabla a fin de que una resolución sea revocada, en todo o en parte, por un juez o tribunal superior al que la dictó.
§ Recurso de casación. [derecho foral]. El que se interpone ante tribunales supremos contra fallos de tribunales inferiores o laudos en los que se supone que ha habido infracción legal o se ha quebrantado el procedimiento.
§ Recurso de fuerza. [derecho foral]. El que se interpone ante tribunal secular reclamando la protección real contra agravios inferidos por un tribunal eclesiástico.
§ Recureo de injusticia notoria. [derecho foral]. El que se interponía, siguiendo el antiguo procedimiento, contra sentencias dimanadas de los tribunales superiores, ante el Supremo de Justicia.
§ Recurso de mil y quinientas, o de segunda suplicación. For, El que para la revisión de ciertos procesos graves se interponía, haciendo un depósito de mil quinientas doblas, ante una sala del Consejo Supremo así denominada.
§ Recurso de nulidad. [derecho foral]. El que con carácter de extraordinario se interponía contra sentencias dimanadas de los tribunales superiores, ante el Supremo de Justicia, a fin de obtener la declaración pedida.
§ Recurso de queja. [derecho foral]. El que interponen los tribunales contra la invasión de atribuciones por alguna autoridad y, en general, el que se promueve ante un tribunal o autoridad superior contra la resistencia de un inferior a admitir un recurso.
§ Recurso de reforma, o de reposición. [derecho foral]. El que se interpone para pedir a los jueces la modificación de sus resoluciones, cuando éstas no son sentencias.
§ Recurso de reposición. En lo contencioso-laboral, se entiende por recurso de reposición en España, el que puede interponerse contra las providencias y autos que dicten los Magistrados de Trabajo y que regula la Ley de Procadimiento Civil, Su objeto esta en llamar la atención del Magistrado que hubiere dictado la providencia o auto mediante las alegaciones que el recurrente considere más ajustadas a derecho, con el fin de provocar una reconsideración de lo acordado. Es, al propio tiempo, una garantía concedida por la Lcy al derecho o pretensión de las partes en litigio, un medio por el cual el Magistrado puede variar sus decisiones adoptadas si estima fundadas las razones alegadas por el recurrente. El recurso de reposición tiene también un importante cometido en la esfera del Derecho Administrativo, pudiendo interponerse contra las resoluciones o actos de la Administración, al objeto señalado anteriormente.
§ Recurso de responsabilidad. [derecho foral]. El que se interpone para exigir a los jueces y tribunales responsabilidad por actos u omisiones no subsanables por otros recursos ordinarios.
§ Recurso de revisión. [derecho foral]. El que se interpone para obtener la revocación de sentencia firme en casos extraordinarios determinados por las leyes.
§ Recurso de súplica. [derecho foral]. El que se interpone contra las resoluciones incidentales de los tribunales superiores, pidiendo ante ellos mismos su modificación. [definición académica].
Sinónimos de "recurso"
Ver más sinónimos de recurso
Posibles prefijos y sufijos:
En la palabra recurso, se identifica el prefijo re-, prefijo latino que indica repetición o intensificación. Ejemplo: rehacer (hacer de nuevo), recuperar (volver a obtener algo).
Análisis sintáctico de "recurso"
A nivel sintáctico, esta es la clasificación de "recurso" teniendo en cuenta también las posibles variantes:
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Frecuencia de uso de "recurso"
Uso en películas
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Uso en libros (hasta 1923)
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Uso en Wiktionary
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