¿Qué significa bautismo?
[bau-tis-mo] [baŭˈtizmo] [bawˈtismo]
Palabra derivada de baptismo, del griego baptismos, que significa inmersión.
Diccionario
bautismo
- [masculino] Primero de los sacramentos de la Iglesia, con el que se nos hace cristianos.
- [teología] Como sacramento primero y fundamental (Denzinger 86,430,857) el bautismo debe ser entendido en estrecha relación con la concepción católica de la Iglesia. Es el sacramento de un nuevo nacimiento purificador y santificante, en el espíritu y en la gracia de Jesucristo, por una inserción jurídica y sacral en la Iglesia, por la cual la vida divinohumana de Jesucristo Salvador ha encontrado una presencia indestructible, corporal y sacramental, en el mundo. La inserción en la Iglesia es el efecto primero y fundamental del Bautismo, pero al mismo tiempo el medio de alcanzar la plenitud de la gracia bautismal, es decir la gracia de la renovación y justificación del hombre viejo (Ef 4,22; Col 1,10), en una divinización interior y una asimilación a la muerte y resurrección de Jesucristo, por la fuerza de su espíritu presente en la Iglesia, con la destrucción de todos los pecados y la condenación de todas las penas eternas y temporales (Ef 5,26).
Los precedentes inmediatos del Bautismo cristiano se remontan a la segunda mitad del siglo II a C, en Palestina y Siria donde hubo un amplio movimiento baptista que comprendía grupos muy distintos y reunía concepciones religiosas múltiples. De este movimiento surge la figura de Juan, hijo de un sacerdote, a quien sus contemporáneos dieron el significativo nombre de Bautista. A su bautismo se sometió también Jesús. Era un bautismo preparatorio de la venida del Mesías y tendente a fomentar el espíritu de penitencia. El rito bautismal cristiano toma para sí el símbolo del baño sagrado y cultual que pertenece al fondo primitivo de las religiones, sin que la idea del nuevo nacimiento sobrenatural que le es específicamente propio en el cristianismo, tenga precedentes en otros ritos precristianos. El bautismo cristiano es administrado válidamente por infusión (o inmersión o aspersión) con agua natural y la enunciación de las palabras "X, yo te bautizo. " y la invocación de la Santísima Trinidad ("en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo"), con la intención de hacer lo que la Iglesia intenta hacer al bautizar.
Todo no bautizado puede recibir el bautismo, incluso el niño sin uso de razón (pero para el niño de padres no católicos o apóstatas, deben reunirse ciertas condiciones, ya que el niño es bautizado para entrar en la Iglesia).
Contra el donatismo (Véase) y contra los defensores del uso de bautizar por segunda vez a aquellos que han recibido el bautismo de los heréticos (Véase), la Iglesia enseña que todo el mundo puede administrar válidamente el sacramento del bautismo (Denzinger 46, 53, 55, 88, 94 etc).
El bautismo solemne no puede ser administrado sino por los ministros designados por la Iglesia. Son ministros ordinarios, el obispo y el presbítero y extraordinario el diácono. Véase Bautismo de los niños, en este mismo artículo. - Bautizo.
§ Bautísmo de deseo. [teología] En la base de esta noción teológica, está la cuestión de saber si un hombre que no pertenece visiblemente y oficialmente a la Iglesia, que no cree explícitamente en Jesucristo y que no ha recibido el sacramento del Bautismo, puede salvarse.
Ahora bien, a esta cuestión, en razón de la voluntad salvifica universal de Dios, hay que responder afirmativamente, pero de manera que no ataque la enseñanza de la Iglesia según la cual es necesario pertenecer a ella para salvarse.
Como se pertenece a la Iglesia por el Bautismo, el problema está en saber sí, cuando el bautismo de agua no es posible, bastará el deseo de este bautismo para ser miembro de la Iglesia (votum sacramenti).
Así lo ha enseñado la Iglesia desde la Edad Media (Denzinger 388, 413, 796, 847, 898 etc). El Santo Oficio declaró por su lado en 1949 que no es necesario que este deseo sea explícito, desde el momento en que haya fe y amor: puede ser suficiente un deseo implícito. Esta doctrina no restringe en absoluto el papel de la Iglesia en la historia de la salvación, ya que la gracia, dada libremente por Dios incluso fuera de la Iglesia y de los sacramentos, es siempre la gracia del sacramento por excelencia, que es Jesucristo, y la gracia de la Iglesia, ya que la Iglesia es el signo de la presencia en el mundo de la gracia escatológica victoriosa.
§ Bautismo de fuego. Participación por vez primera en una batalla.
§ Baulismo del aire. Primer vuelo efectuado en avión.
§ Bautismo de heréticos. Teo l. Este término no se aplica al bautismo administrado por los no católicos. Es un término técnico por el que los historiadores del dogma designan un problema teológico del siglo III: ¿los convertidos provenientes de una comunidad herética y ya bautizados por heréticos deben ser rebautizados o deben simplemente confesarse? La Iglesia de África (con teólogos importantes: Tertuliano y Cipriano) preconizaba y practicaba, así como otras iglesias de Oriente, un nuevo bautismo, mientras que la Iglesia de Roma y de Alejandría renunciaban a él.
Hubo una especie de ruptura entre ambas posiciones, pero poco a poco el problema se diluyó. Varios sínodos se ocuparon de la cuestión y se decidió que sólo serían rebautizados los que hubieran sido bautizados mediante una fórmula bautismal que no comprendiese la invocación a la Santísima Trinidad. La Iglesia Católica ha conservado hasta hoy esta posición ya que la validez del bautismo no depende de la santidad del ministro ni la del sujeto.
§ Baulismo de los mandeos. El usado por los tnandeos, secta pagano-gnóstica de la baja Mesopotamia. Sus orígenes, al parecer, se enlazan con Palestina. Los mandeos hacían continuas abluciones. El bautismo era obligatorio una vez, por semana, al menos. Lo administraban con agua común, de ahí que edificaran sus iglesias al lado de las corrientes de agua. Como prototipo tienen al Bautista y al río Jordán.
§ Baulismo de los muertos. Costumbre practicada por los marcionistas y cerintianos cuando uno de ellos moría antes de recibir el bautismo. En este caso bautizaban a alguno de sus amigos o familiares, con el fin, según ellos, de transferir el fruto al alma del difunto. Era de uso en el siglo I.
§ Bautismo de los niños. [teología] Según la enseñanza formal de la Iglesia, el bautismo es el sacramento de la inserción del hombre en la Iglesia. Esta inserción, en el bautismo, presupone, según los textos de la Biblia, la confesión de la fe de la Iglesia. De ahí viene un problema resuelto negativamente por Karl Barth y la teología protestante: ¿se pueden bautizar los niños que todavía no son capaces de confesar esta fe? La Iglesia definió en el Concilio de Trento, contra los "rebautizadores" (que rechazaban el bautismo de los niños y exigían, a partir de 1521, un bautismo de los adultos, precedido de una conversión) que los niños bautizados son realmente fieles y que la ratificación del bautismo a la edad en que se tiene uso de razón no es necesaria para la validez del bautismo (Denzinger 868-870).
Esta enseñanza se apoya en la práctica de los apóstoles de bautizar a toda una familia, comprendidos los niños. Ellos son bautizados en el contexto de la fe de la Iglesia, de la de sus padres y padrinos. Por eso la Iglesia prohibe el bautismo de un niño cuya educación cristiana no está garantizada, salvo en peligro de muerte.
§
- Bautismo de sangre. [teología] Existen diferentes grados de pertenencia a la Iglesia y diferentes grados en la participación en la sacramentalidad del bautismo como fuente de salvación. Este es el caso de lo que se llama bautismo de deseo (Véase) y bautismo de sangre. El bautismo de sangre por el martirio tiene la misma virtualidad que el sacramento del bautismo por el agua porque justifica al hombre en tanto que participación real en la función de la Iglesia que es dar testimonio de la presencia de la salvación operada por la muerte, pasión y redención de Cristo.
- Acción de ser herido por primera vez en una acción de guerra.
§ Bautismo solemne. EI efectuado por el sacerdote o diácono (éste como ministro extraordinario y con licencia de su ordinario) en la Iglesia y según las normas prescritas por la Iglesia. Es competencia del párroco y para efectuarlo otro necesita de su licencia. Se debe administrar solemnemente siempre que no existan motivos especiales en contra.
§ Romper el bautismo a uno.francés [sentido figurado] [informal] Romperle la crisma, descalabrarlo. [definición académica].
bautismo
Más información.— Este sacramento, que es el primero de los de la Iglesia, tiene como "materia" el agua natural. Según Jesucristo, "nadie puede entrar en el reino de los cielos si no renace del agua y del Espíritu Santo", y el concilio de Trento define: "si alguno dice que el agua verdadera y natural no es de necesidad en el bautismo, sea anatema".
La "materia" válida es el agua natural, esto es, el agua de pozos, fuentes, ríos, estanques, de lluvia, etc., y "materia" inválida es todo otro líquido que no reúna condiciones de agua natural como el vino, el aceite, la leche, el sudor, las lágrimas, etcétera. Hay la obligación de usar, fuera del caso de necesidad, agua bendita. La "materia" próxima del bautismo es la ablución, que puede ser de tres maneras: por inmersión, introduciendo en el agua el cuerpo de la persona que se bautiza; por aspersión, arrojando el agua sobre los cuerpos de aquellos que se bautizan, y por infusión, vertiendo el agua sobre la cabeza o alguno de los miembros principales del bautizado. Como "forma", tiene las palabras: "Yo te bautizo en nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo".
Para ser válida la "forma" del bautismo debe expresar: 119 La acción del ministro que bautiza. 2.° El sujeto que recibe el sacramento, y 3.° La invocación terminante de las tres personas de la Santísima Trinidad en la unidad de naturaleza. Es preciso además que la misma persona que arroje el agua sobre la cabeza del que se bautiza, sea la que pronuncie la "forma", de manera que la aplicación de la "materia" y la pronunciación constituyan una sola y misma unidad de acción; de lo contrario el bautismo sería nulo por falta de esta unidad. Hay que tener en cuenta que el bautismo produce por derecho eclesiástico el parentesco espiritual entre el que bautiza y los padrinos con el bautizado y sus padres, parentesco que constituye impedimento dirimente para el matrimonio. El administrarlo corresponde al obispo en su diócesis y al párroco en su parroquia, o cualquier sacerdote delegado a este efecto por alguno de los dos, y en caso de necesidad, según el papa Eugenio IV en su decreto a los armenios, pueden bautizar válidamente cuantos tienen uso de razón, hombres o mujeres, fieles o infieles, católicos o herejes, eclesiásticos o legos, siempre que observen la forma esencial del bautismo y tengan intención de hacer lo mismo que la Iglesia. La costumbre de nombrar padrinos para el bautizo es antiquísima en la Iglesia. No pueden serlo más que dos personas (varón y hembra) para un mismo bautizado y su misión se reduce a presentarle al bautismo. En el caso de ser adulto, son los testigos del acto, y si es infante lo llevan en sus brazos y sostienen sobre la fuente bautismal. Son como los padres del bautizado, y en defecto de éstos tienen sagradas obligaciones que cumplir con sus hijos espirituales. El nombramiento de padrinos corresponde a los padres y en su defecto al párroco, y con respecto a la imposición del nombre no hay ley ni precepto eclesiástico, según el ritual romano, que obligue a imponer al bautizado el nombre de un santo (Diccionario de ciencias eclesiásticas. Tom. 2.°, pág. 124). Es uso y costumbre el hacerlo así para evitar la imposición de nombres ridículos, fabulosos o paganos, pero en el caso de empeñarse los padres y padrinos en que el nombre no sea de un santo, se le pondrá uno de santo tras del primero. El nombre impuesto en el bautismo puede cambiarse en la Confirmación según la sagrada congregación de Ritos en decreto de 20 de septiembre de 1849. El bautismo es una necesidad de medio y de precepto. De medio lo expresó Jesucristo diciendo: "Quien no naciere del agua y el Espíritu Santo no entrará en el reino de los cielos", según se ha manifestado al hablar de la "forma" del bautismo; por lo tanto, los que mueren sin bautizar no pueden gozar de la vida beatífica, pero los niños hijos de padres cristianos que mueran sin bautizar, si bien no van al cielo, van a una región (el Limbo) donde no hay pena ni gloria. El sujeto sobre quien se obra, puede ser bautizado aunque no sea cristiano.
Este sacramento no debe administrarse a la fuerza y contra la voluntad del sujeto, ya que del mismo modo que el bautizante debe tener intención de hacer lo que hace la Iglesia, el bautizado debe tener intención de recibir lo que la Iglesia le da. Ésta exige que sean los bautizados personas vivas, no pudiendo por lo tanto bautizarse antes del alumbramiento, pero durante él y en caso de peligro de muerte, puede bautizarse siempre que no exista duda del carácter humano del niño que va a nacer. La necesidad de este sacramento la explicó claramente el concilio de Trento al declarar que Adán transmitió a todo el género humano, con el dolor y la muerte, también el pecado, que es la muerte del alma, y este pecado sólo se borra y desaparece con la gracia de Jesucristo, y que esta gracia sólo se adquiere por el bautismo, y por consiguiente: "Si alguno dijere que el bautismo es libre, anatematizado sea".
En cuanto a las ceremonias del sacramento del bautismo, se distinguen las que preceden al bautismo, las que se verifican unidas a él, y las ceremonias que le siguen. Entre las primeras se citan la bendición de las fuentes bautismales y la consagración del santo crisma o sea del aceite y bálsamo mezclados que los obispos consagran el Jueves Santo para ungir a los que se bautizan.
Las otras dos clases comprenden todas las ceremonias que se verifican tanto por el bautizante como por los padrinos al administrar al niño el sacramento del bautismo. Hay tres clases de bautismo: El bautismo de agua, que borra el pecado original y otro cualquiera que hubiese en el que se bautiza, y además para hacerse hijo de Dios y de la Iglesia; el bautismo de fuego, que es la caridad perfecta acompañada del deseo de recibir el sacramento; y el bautismo de sangre, que es el martirio o la muerte por la fe de Cristo. Según los teólogos, estos dos últimos no son en realidad sacramentos, pero se llaman bautismos porque purifican el alma y suplen al sacramento cuando por algún impedimento no se puede recibir. No se conoce exactamente el tiempo ni el lugar donde fue instituido el sacramento del bautismo. Algunos Santos Padres y teólogos, creen que se verificó este hecho cuando Jesucristo santificó las aguas del Jordán entrando en ellas para ser bautizado por San Juan Bautista, pero según el concilio de Trento (Ses. 7. can. I), el bautismo del Bautista no fue sacramento, sino una especie de iniciación o sacramental, como dice Santo Tomás, a la que exhortaba el Precursor para disponerse a recibir el verdadero bautismo de Jesucristo. Otros Santos Padres y autorizados teólogos opinan que fue instituido cuando Jesucristo tuvo con Nicodemus la conversación relativa al renacimiento del hombre cuando Jesucristo dijo: "Quien no naciera de nuevo por el agua y el Espíritu Santo, no entrará en el reino de Dios" (San Juan III, 3 y 5), mientras otros dicen estar seguros que fue instituido en el momento de ser enviados los apóstoles por el Maestro a predicar diciéndoles: "Id y enseñad a todas las gentes, bautizándolas en nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo" (San Mateo, XXVIII, 19).
En el bautizo de los adultos no hay, en lo esencial, diferencia ritual; sólo algunas adiciones sobre el de los niños, entre otras, antes de recibir el adulto la sal en la boca, hace abjuración del error o errores que hubiese profesado; luego, por tres veces, recita de rodillas el padrenuestro, y su padrino o el ministro le signa en la frente. Desde los primeros tiempos del Cristianismo, aparecieron varias sectas heréticas que rechazaban el bautismo o le negaban eficacia, con otros errores de más o menos entidad. Las hubo también en la Edad Media, y al llegar el siglo XVI con la gran revolución religiosa del protestantismo se crearon muchas. Tomando como fundamento que el agua limpia y purifica, el bautismo es una institución religiosa muy anterior al cristianismo. La mayor parte de las religiones han atribuido al agua un poder y una eficacia misteriosa, al ser empleada con ritos o formalidades especiales. Los indios del Indostán adoran como sagrado el río Ganges; emplean sus aguas para las ceremonias del culto, creen que purifica el cuerpo y el alma de quienes en él se bañan, y se consideran felices si mueren en sus aguas. En la religión de los judíos se practicaban en todas las épocas abluciones y purificaciones. Como rito de iniciación que completaba la circuncisión, parece indudable que bautizaban de una vez para siempre. En las mujeres el bautismo reemplazaba a la circuncisión. El bautizado y circunciso era admitido a la alianza con toda su descendencia y con el mismo derecho que los hijos de Abrahán. En el antiguo Egipto, el gran sacerdote, cuando pretendía un sujeto la iniciación y había pasado por diferentes pruebas, le daba de beber en un cáliz agua del sagrado Nilo para hacerle olvidar cuanto había oído de labios profanos. En Persia, antes de la conquista musulmana, poco después del nacimiento del niño, los sacerdotes vertían en la boca del recién nacido un poco de agua mientras recitaban plegarias de ritual para purificarle de los males que podría heredar de sus padres y de la corrupción mientras estaba en el claustro materno. En la antigua Roma, se rociaba con agua lustral al recién nacido al mismo tiempo que se le daba nombre. Generalmente se verificaba esta ceremonia al noveno día si era niño el recién nacido, y en el octavo si era niña. En cuanto al cristianismo, añadiremos a todo lo dicho que en los Evangelios, la primera mención del bautismo aparece con el rito que se refiere a San Juan Bautista, que, predicando el arrepentimiento, sumergía en las aguas del río Jordán a los que confesaban sus pecados. "Yo, decía San Juan, te bautizo con agua por el arrepentimiento; el que vendrá después de mí será más poderoso que yo y te bautizará con el Espíritu Santo y el fuego".
(San Mateo, III, II). En estas condiciones parece ser que el bautismo de San Juan no debió tener más que un carácter simbólico representando la purificación del perdón eterno por el arrepentimiento del bautizado, hasta que Jesucristo instituyó este sacramento. Desde el punto de vista del Derecho, ningún interés tendría el bautismo, si no fuese por que la costumbre de antiguo establecida ha hecho que se anotasen los bautizos, mencionándolos en un registro especial, el cual dio al bautismo un cierto significado jurídico por cuanto se podía acreditar o probar el nacimiento y otros datos referentes a una persona que sólo se podían obtener antes de establecerse el dicho registro especial, por los parientes, amistades y relaciones de dicha persona. Desde la Edad Media, debido a la costumbre del clero de inscribir en un registro los bautizos de los recién nacidos, el de los adultos, caso de existir, los matrimonios y las defunciones, la acción judicial pudo encontrar sobre estos hechos datos de importancia. Esta costumbre, iniciada por la Iglesia, tuvo carácter legal por el concilio de Trento al disponer que en cada parroquia se llevasen libros y registros en los que constasen datos suficientes para formar con ellos "una partida de bautismo".
Posteriormente, debido a las estrechas relaciones entre el poder eclesiástico y el poder civil, se dieron a los registros parroquiales carácter legal, viniendo a constituir la partida de bautismo el estado civil de las personas. Por Real Orden de 119 de diciembre del año 1837, se ordeno que en las partidas de bautismo se consignara: nombre, día y hora en que nació el bautizado; nombres y apellidos, naturaleza, vecindad y profesión de los padres y abuelos del bautizado en caso de ser hijo de legítimo matrimonio, y si fuese hijo natural y de padres desconocidos, debían constar las mismas circunstancias. Deben además notarse según dicha ley, los nombres y apellidos de los padrinos, naturaraleza, vecindad, estado civil y profesión que ejerzan, en el sentido de que si fuese madrina, se ponga, siendo soltera, la profesión de su padre, y si casada o viuda, la de su marido. Además, las partidas de bautismo deben ir firmadas por los encargados de llevar los libros parroquiales poniendo las fechas con letras y no con números. En 17 de junio del año 1870, el Estado publicó la ley del Registro civil, en virtud de la cual, se encarga a los jueces municipales de España y a los agentes diplomáticos y Cónsules españoles en el extranjero llevar los libros del registro del estado civil de las personas. Por decreto de la Sagrada Congregación para el culto divino, por mandato de Pablo VI, se promulgó el nuevo rito del bautismo de los niños (Ordo Baptismi parvulorum) el 15 de marzo de 1969 y entró en vigor en la misma fecha de 1970. La constitución conciliar de la Liturgia estableció que el rito del bautismo de los niños "se adapte a su condición real", que se ponga más de relieve el lugar de padres y padrinos, y que el rito sea más breve. El lugar es preferible que sea la Iglesia parroquial y que pueda asistir el pueblo. Partes esenciales del rito: A) Recepción del niño y familiares; después de un diálogo, termina con una "consignatio".
B) Breve liturgia de la palabra para suscitar la fe. Lectura de algunos pasajes de la Biblia, homilía, plegaria común con oración de exorcismo y unión de los catecúmenos. C) Parte sacramental que se inicia con la bendición del agua, admonición del celebrante, rito de renuncia y profesión de fe (el rito sacramental con las palabras habituales).
Luego, la unción con el santo crisma, nueva fórmula y ritos del velo blanco y cirio encendido. D) Conclusión delante del altar, para significar la participación del nuevo cristiano en la eucaristía. Admonición del celebrante, rezo del Padre Nuestro, bendición e himno pascual.
Sinónimos de "bautismo"
Posibles prefijos y sufijos:
En la palabra bautismo, se ha identificado el sufijo -ismo, sufijo que indica doctrina, sistema o movimiento. Ejemplos: socialismo (doctrina política), surrealismo (movimiento artístico).
Análisis sintáctico de "bautismo"
A nivel sintáctico, "bautismo" se puede clasificar de la siguiente forma:
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Frecuencia de uso de "bautismo"
Uso en películas
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Uso en libros (hasta 1923)
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Uso en Wiktionary
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