¿Qué significa acción?

Informar de un error ⚠

[ac-ción] [aɣˈθĭɔn] [akˈθjon]

Palabra derivada del latín actĭo, -ōnis. Ver también esfera de acción, opción sobre acciones, paquete de acciones, sindicación de acciones, sociedad comanditaria por acciones, unidad de acción.




Diccionario



acción

  1. [femenino] Ejercicio de alguna potencia.
  2. Efecto o resultado de hacer.
  3. Operación o impresión del agente en el paciente.
  4. Ademán, postura.
  5. Conjunto de gestos, actitudes, movimientos y ademanes con que el orador y el actor dan más expresión a lo que dicen.
  6. [informal] Posibilidad o facultad de hacer alguna cosa, y especialmente de acometer o de defenderse. Suele usarse con los verbos coger, dejar, quitar, etc. Dejar sin acción.
  7. [español antiguo] Acta.
  8. [comercio] Cada una de las partes en que se considera dividido el capital de una sociedad anónima, y también, a veces, el que aportan socios no colectivos a algunas comanditarias.
  9. [comercio] Título que acredita y representa el valor de cada una de estas partes.
  10. [filosofía] Es la operación de un agente por medio de la cual se introducen modificaciones en una entidad distinta del agente. El agente puede ser concebido como una causa, en cuyo caso la acción es el efecto. La noción de acción puede entenderse psicológicamente, físicamente o metafísicamente. Ésta es la que interesa a la filosofía sobre todo.

    Metafísicamente, la noción de acción es interpretada como designando un llegar a ser (fieri) a diferencia del ser (esse). Para las filosofías de la acción, éste es el rasgo primario y esencial de la realidad.
  11. [física] Magnitud que se define como el producto de la energía por el tiempo.
  12. [derecho foral] Derecho de pedir alguna cosa en juicio, y modo legal de ejercitar este derecho.
  13. [militar] Batalla y especialmente combate librado entre fuerzas poco numerosas.
  14. [pintura] Actitud o postura del modelo natural para dibujarlo o pintarlo.
  15. En las obras narrativas, dramáticas y cinematográficas, sucesión de acaecimientos y peripecias que constituyen su argumento.
  16. En la filmación de peliculas, voz con que se advierte a actores y técnicos que en aquel momento comienza una toma.
  17. Véase Unidad de acción, en el articulo Unidad.
  18. [americanismo] En [Chile] y [Perú], cada uno de los billetes numerados de participación en una rifa o lotería.

§ Acción accesoria. [derecho] En contraposición a la que se denomina acción principal, medida judicial, subsidiaria de aquella, que debe ser conocida por el mismo juez o tribunal, ya por ser necesaria para su eficacia (acción preparatoria) por tender a conseguir medios para proteger el derecho o interés del actor (acción preventiva) o por plantearse durante la Ilamitación de la principal, requiriendo resolución previa a la misma (acción incidental).

§ Acción acumulativa. [medicina] La de una droga que se manifiesta notable y súbitamente después de la administración de algunas dosis que aparentemente son inactivas.

§ Acción acumulativa. [comercio] La acción preferente a la que se señalan unos dividendos fijos que, caso de no satisfacerse en los periodos señalados, se hacen efectivos todos a la vez en cuanto las circunstancias económicas de la sociedad lo permitan, y antes que las acciones ordinarias perciban los suyos.

§ Acción ad exhibendum. [derecho] Denominación latina que se aplica a la acción preparatoria, que se ejerce para obligar a mostrar o exhibir una cosa mueble, y facilitar así la posterior demanda.

§

  1. Acción administrativa. [derecho] La encaminada a lograr la protección y ejercicio de derechos nacidos y regulados por el Derecho administrativo, ya sea planteada en vía gubernativa o, agotada esta, en vía judicial.

§ Acción al portador. [comercio] Aquella que una sociedad emite sin más identificación que su numeración y que, normalmente, son transmisibles por la simple entrega del título.

§ Acción amortizable. [comercio] La que puede ser adquirída y retirada por la sociedad emisora, pagándola a un precio previamente señalado.

§ Acción anastasiana. [derecho] Así llamada por el nombre del emperador Anastasio I que la reguló, y que permite al deudor de un crédito litigioso, que ha sido cedido por venta u otro negocio oneroso, liberarse, en ciertas circunstancias, reembolsando al cesionario la cantidad por él pagada, intereses y otros gastos.

§ Acción antisocial. Es toda acción en la que se antepone egoísta e ilegítimamente el bien particular al bien común de la colectividad o comunidad de la que se forma parte. Cuando estas acciones constituyen una costumbre o hábito de determinadas personas o grupos se habla entonces de conducta antisocial, La conducta antisocial es la carcoma de la estabilidad económica, el progreso y el desarrollo social de un pais. En un sentido más restringido, se conoce como acción antisocial la realizada por determinados grupos de gran poder financiero, dirigida a marginar derechos fundamentales de los trabajadores en beneficio de sus intereses económicos. (Véase Abuso de autoridad).

§

  1. Acción anual. [derecho] Dícese de las que extinguen o prescriben por el transcurso de un año.
  2. [derecho romano]. Acción pretoria que podía entablarse únicamente en el plazo de un año.

§ Acción arbitraria. Der rom. Aquella en que el juez, a su arbitrio, ordenaba al demandado la constitución de determinada garantía que, de no darla, se veía condenado pecuniariamente.

§ Acción cambiaría. [derecho] Dícese de la que se origina de una letra de cambio.

§ Acción catalítica. [química] Catálisis.

§ Acción católica. Institución universal de la Iglesia, promovida por la enciclica Ubi arcano (1922) para la participación de los seglares en el apostolado de la Iglesia .

§

  1. Acción civil. [derecho] La nacida al amparo de las normas de Derecho Civil.
  2. [derecho] La que permite reclamar judicialmente bienes o intereses pecuniarios del actor, siempre que las normas que la regulen la asimilen a las análogas nacidas al amparo del Derecho Civil.

§ Acción civil derivada o proveniente de delito. [derecho] La que corresponde al perjudicado por la comisión de un delito para reclamar la reparación o indemnización debida.

§ Acción communi dividundo. [derecho romano]. Acción mixta e imprescriptible para obtener la división de la cosa común entre los copropietarios.

§ Acción compulsoria. [derecho] La que corresponde al propietario o inquilino de una finca contra el ocupante de la vecina que con su actividad amenaza la salud o seguridad de los que habitan en la primera o les causa otras molestias.

§ Acción constitutiva. [derecho] Dícese de toda acción que tiene a crear, modificar o extinguir una situación jurídica por medio de una decisión del juez o tribunal.

§

  1. Acción contraria. [derecho] La que corresponde, en su caso, al deudor que habiendo cumplido su prestación, tenga derecho a que el acreedor le resarza las pérdidas o gastos sufridos por tal motivo.
  2. Acción convertible. [comercio] La que el accionista puede canjear por otras pertenecientes a un tipo o clase que, en las condiciones para ello establecidas, le resulten más convertibles.

§

  1. Acción criminal. [derecho] Acto criminal, ejecución material de un delito.
  2. [derecho] La que corresponde procesalmente para instar el castigo del delincuente, mediante la aplicación de las correspondientes penas.

§ Acción cuasiserviana. [derecho] La correspondiente al acreedor pignoraticio para perseguir los bienes dados en garantía, y sus frutos, frente a cualquier poseedor, denominada en Derecho romano actio quasi serviana, pigneraticia in rem o hypothecaria.

§ Acción declarativa o meramente declarativa. [derecho] Denominación que se aplica a todas aquellas en que únicamente se pide al órgano jurisdiccional un pronunciamiento sobre la existencia o no de una realización jurídica.

§ Acción de capital. [comercio] La entregada a cambio del capital que el accionista se compromete a aportar a la sociedad. Es la más difundida y conforme con la naturaleza de la acción.

§ Acción de condena. [derecho] Denominación que se aplica a todas aquellas en que se pide que el órgano jurisdiccional imponga una situación jurídica al sujeto pasivo de la misma.

§ Acción de conducción. [derecho] La que permite al arrendatario reclamar del dueño de la cosa arrendada el libre uso de la misma.

§ Acción de gracias. Manifestación de gratitud.

§ Acción de gracias. Teología bíblica. La Biblia habla con más frecuencia de la acción de gracias debida a Dios que de la dirigida a los hombres. La Biblia piensa teocéntricamente. El Antiguo Testamento expresa la acción de gracias dirigida a Dios, mediante las alabanzas. Israel manifestaba su agradecimiento a Dios mediante el sacrificio de acción de gracias y entonando himnos de alabanza (Salmos).

En el Nuevo Testamento, Jesús expresa su agradecimiento bendiciendo y alabando a su Padre (Mt 11, 25; Lc 10, 21). Reconocimiento, alabanza y acción de gracias a Dios por el beneficio recibido es el más sencillo y fundamental acto religioso. La "acción de gracias" es característica en el relato de la institución de la Eucaristía: Mt 26, 27; Mc 14, 23; Lc 22, 19; Cor 11, 24. Eucaristía significa ella misma "Acción de gracias".

El Apóstol y teólogo de la "acción de gracias" es San Pablo. En sus cartas, después de la salutación, siempre existe una acción de gracias a Dios. Para él, la acción de gracias es un deber. Es voluntad de Dios en Cristo Jesús dar gracias en todo (1 Tes 5, 18); es un acto de religión (Rom 1, 21); con la acción de gracias se restituye a Dios lo que Él mismo nos ha dado (1 Tes 3, 9).

Para Pablo el fin último de todo apostolado es la gloria de Dios. Puente de enlace entre el apostolado y esta gloria es la acción de gracias en común, es decir, la liturgia y el culto. Objeto central de la acción de gracias es la acción salvadora de Dios.

§ Acción de guerra. [militar] Combate, batalla.

§ Acción de in rem verso. [derecho] Acción nacida de un cuasicontrato, que permite, a quien ha sufrido un perjuicio patrimonial que redundó en beneficio de otra persona, reclamar a ésta una indemnización, aun cuando no fuese responsable del mismo.

§ Acción de interdicción de bienes. [derecho] La que, en ciertas circunstancias, puede ejecutar la mujer contra su marido, para privarle de la administración de los bienes dotales, cuando con sus excesos o incapacidad los ponga en peligro de perderse.

§ Acción de jactancia. [derecho foral] La que se utiliza demandando a la persona que se iacta de un derecho negado por el actor, para que sea condenada a ponerla sub júdice en el término que se le señale.

§ Acción de la aceleración sobre el ser humano. [astronáutica] Véase Aceleración de los cohetes.

§ Acción de las masas (Ley de). [química] Véase Ley de acción de las masas, en el articulo Ley.

§ Acción de localización. [derecho] La que permite al arrendador reclamar del arrendatario el abono del precio del arrendamiento.

§ Acción de nulidad. [derecho] La que se encamina a pedir sea declarado sin efecto un acto.

§ Acción de presencia. [química] Acción catalítica.

§ Acción de trabajo. [comercio] La entregada a cambio de trabajo aportado por el accionista a la sociedad. No representa aportación de capital y, en muchos paises. está prohibida.

§ Acción de voto plural. [comercio] La acción privilegiada a la que, atendiendo al desembolso de capital que represente, corresponde un derecho de voto superior al de las acciones ordinarias.

§ Acción dinámica específica. [medicina] Poder que poseen los alimentos de aumentar el metabolismo basal del organismo, en el cual han sido introducidos.

§ Acción directa. Expresión frecuente en el lenguaje de los trabajadores en medio de las luchas sindicales contra los patronos, con la que se quería designar el empleo de métodos de lucha, tales como la huelga, el sabotaje, la resistencia más o menos violenta contra el Gobierno, etc., con el fin de alcanzar mejoras laborales o sindicales o provocar transformaciones sociales, económicas o políticas. La "acción directa" fue quizás el principal recurso que utilizaron los movimientos obreros en todos los paises del mundo para lograr que la sociedad y el Estado admitiese a los Sindicatos como piezas integrantes de la comunidad moderna y dejase de mantenerlos fuera de la Ley. Desgraciadamente hay que reconocer que las más importantes mejoras en la condición laboral y nivel de vida de los trabajadores fueron conseguidas por la "acción directa".

Por fortuna, este procedimiento de lucha va cediendo paso en las sociedades más avanzadas a procedimientos de diálogo, negociación y convenio. Gracias a la participación creciente del trabajador en las tareas comunitarias de la vida social, económica e incluso política, desde la empresa hasta los organismos de superior decisión, la acción directa ha abandonado su primitiva violencia. La igualación social también la hace cada día menos actual y más anacrónica. En nuestros días, solamente la huelga, regulada en muchos países como un derecho, y sujeta a normas legales es utilizada como arma por los Sindicatos cuando las vías de negociación fracasan y como último recurso para conseguir lo que se pide y estima justo. (Véase: Acción Sindical, Medios de; Participación; Huelga; Huelga y Formas de; "Lock-out").

§

  1. Acción distinguida. [militar] La de guerra, mencionada por las Reales Ordenanzas, que puede dar lugar a ascenso o recompensa.
  2. La especificada por el reglamento de la Real Orden Militar de San Fernando.

§ Acción divisoria. [derecho] Denominación que se aplica tanto a la communi dividundo, como a la familiae erciscundae y a la finium regundorum, en que el órgano jurisdiccional puede realizar transferencias de propiedad entre las partes.

§ Acción ejecutiva. [derecho] La encaminada a pedir del órgano jurisdiccional un acto de ejecución, por medio de un juicio ejecutivo.

§ Acción familiae erciscundae. [derecho romano]. Acción mixta e imprescriptible para obtener la división de la herencia entre los herederos.

§ Acción finium regundorum. [derecho romano]. Acción mixta e imprescriptible para obtener el deslinde de las fincas colindantes.

§ Acción fotográfica. [física] Expresión adoptada para designar la intensidad del efecto de la luz sobre la placa fotográfica en función de la sensibilidad de ésta, de la abertura del objetivo y del tiempo de exposición.

§ Acción heroica. [militar] La que indica el mismo reglamento de la Real Orden Militar de San Fernando, antes citado, y en la que, como en la acción distinguida, el hecho meritorio se sale de los límites del estricto cumplimento del deber.

§ Acción hypothecaria. [derecho romano]. Véase Acción Cuasiserviana.

§ Acción incidental. [derecho] La planteada durante la tramitación de un proceso, requiriendo resolución previa a la principal, constituyendo lo que en Derecho procesal se denomina un incidente.

§ Acción liberada. [comercio] Aquella cuyo valor no se satisface en dinero efectivo, por estar cubierto por cosas aportadas o servicios prestados a la sociedad, pero que disfruta de iguales derechos y obligaciones que las que representan el restante capital social.

§ Acción local. [electricidad] Autodescarga que se produce en las placas de una pila o batería, debido a la diferencia de potencial entre los diferentes puntos de un electrodo.

§ Acción mixta. [derecho] Dícese de la que es a la vez personal y real.

§ Acción musical. [música] Frase que algunos compositores, como Vicent d'Indy, han utilizado en substitución de la palabra ópera.

§ Acción nacional. En España, partido político de derechas, creado en 1931, que en 1932 permuta su denominación por la de acción popular y en el que se encuadran muchos monárquicos, la mayoría de los cuales se separan del mismo al iniciar la colaboración con la República. Lo dirige José [masculino]a Gil Robles y es su inspirador Ángel Herrera. En 1933 se incorpora a la Confederación Española de Derechas Autónomas.

§ Acción nominativa. [comercio] Aquella que una sociedad emite a nombre de persona determinada y cuya transmisión posterior debe inscribirse en un registro que, al efecto, lleva la citada entidad.

§ Acción ordinaria. [comercio] La que emite una sociedad sin concederle ningún privilegio ni ventaja especial.

§ Acción penal. [derecho] Denominación con que se conocen las acciones procesales originadas de la comisión de un delito, tanto la acción criminal como la acción civil derivada o proveniente de delito.

§ Acción pignoraticia in rem. [derecho romano]. Véase Acción cuasiserviana.

§ Acción popular. Partido político español fundado en 1931 con el nombre de Acción Liberal por el cardenal Ángel Herrera. Tenía el lema: Religión, Familia, Orden, Trabajo, Propiedad. Dejó de existir en el año 1936, al estallar la guerra civil.

§ Acción popular. Véase Acción nacional.

§ Acción preferente. [comercio] Denominación que suele aplicarse a las acciones privilegiadas a las que se concede una prioridad en el percibo de dividendos.

§ Acción preparatoria. [derecho] Acción accesoria que tiene por objeto remover obstáculos y adoptar otras medidas de carácter preliminar tendentes a asegurar la eficacia de la acción principal en un proceso.

§ Acción pretoria. [derecho romano]. La creada por el pretor para proteger pretensiones no amparadas por el Derecho Civil.

§

  1. Acción preventiva. [derecho] Medida previa encaminada a evitar un mal temido como posible.
  2. [derecho] Acción accesoria que tiene por objeto conseguir los medios que permitirán, proteger el derecho o interés principal de quien la ejerce.

§ Acción principal. [derecho] De entre las varias que pueden ejercerse en un mismo proceso, la que constituye propiamente el objeto o fin del mismo y respecto a la cual las demás son únicamente accesorias o subordinadas.

§ Acción privilegiada. [comercio] La que emite una sociedad y le concede una ventaja o privilegio especiales, ya sea a la hora de percibir dividendos o a la hora de ejercer el derecho de voto.

§ Acción quasi serviana. [derecho romano]. Véase Acción cuasiserviana.

§ Acción química. [química] La que nuede ocasionar una variación molecular o atómica en los cuerpos.

§

  1. Acción social. Con estos términos, empleados y unidos frecuentemente en el vocabulario moderno, se designa al esfuerzo organizado con el fin de perfeccionar las instituciones económicas y sociales de un país en beneficio de los sectores más débiles de la sociedad. Comprende todo lo relativo a la mejora de la legislación social, reforma política, justicia social, democracia industrial, reforma de la empresa, etc. La acción social se ejercita hoy, preferentemente, a través de los Sindicatos, aprovechando la gran capacidad de movilización laboral que estos tienen. (Véase: Política social, medios de; Promoción social).

  2. Acciones, [plural] [economía] y [comercio] Documentos que acreditan que su poseedor participa en la propiedad de una sociedad mercantil y que tiene un derecho, aparte de sus beneficios. El tipo de acciones y la cantidad poseída, definen los derechos del accionista y la magnitud de su propiedad. Existen muchas clases de acciones, pero las variantes más importantes son: acciones preferentes y acciones ordinarias. Las preferentes, normalmente dan derecho a una determinada cantidad de beneficios de la sociedad, sobre todo de pago en relación con los accionistas que poseen acciones ordinarias. Si no hay beneficios, no tienen derecho alguno sobre la sociedad. El accionista ordinario no recibe una cantidad determinada de los beneficios, sino todo lo que resta una vez que se ha pagado a los accionistas preferentes. En los años buenos esto puede ser mucho y en los años malos nada o muy poco. En caso de liquidación, el accionista ordinario va detrás del preferente para obtener la recuperación de su capital. Por su mayor riesgo, generalmente los accionistas ordinarios tienen el derecho a elegir a los directores de la sociedad y los preferentes no.

§ Acciones bonificadas. Econ y [comercio] Conocidas también como "emisiones de Capitalización", son acciones que se emiten sin cargo alguno a los accionistas existentes, con el fin de convertir reservas en capital cuando el capital emitido de una sociedad anónima difiere sensiblemente del capital empleado, es decir, el capital suscrito por los accionistas, más los beneficios distribuidos y las reservas. Es una reinversión de beneficios en la misma sociedad, que se realizó frecuentemente en Europa a raíz de la última guerra.

§ Acciones de primer orden. Econ, y Com. Véase Valores.

§ Acciones diferidas. [economía] y [comercio] Estas acciones generalmente se emiten como sustantivo estuviesen totalmente desembolsadas o pagadas a favor de los fundadores o promotores de una empresa. Generalmente son pocas en el conjunto de la emisión, pero con frecuencia tienen atribuido un poder de voto considerable. Sus propietarios tienen derecho a los beneficios, una vez satisfechas todas las cargas prioritarias. En caso de liquidación tienen derecho a lo que queda del capital una vez pagados los derechos de los acreedores.

§ Acciones ordinarias. [economía] y [comercio] En las sociedades anónimas, los poseedores de las acciones ordinarias son los que soportan el riesgo económico, ya que ellos disfrutan de los éxitos financieros de las coyunturas favorables y llevan la carga de los malos tiempos. Las acciones preferentes se cobran antes que las ordinarias en caso de liquidación de la sociedad. El precio de las acciones ordinarias en Bolsa tiene en cuenta los dividendos pagados y los que se espera que se paguen y también la posibilidad de que los activos fijos experimenten una subvaloración considerable. En razón de que sus precios tienden a incrementarse a medida que la moneda se deprecia, las acciones ordinarias son, normalmente, una buena protección contra la inflación. De aquí que, en los países desarrollados, con un alto nivel de vida, los pequeños inversores acudan con creciente entusiasmo al mercado de valores.

§ Acciones preferentes. [economía] y [comercio] Son aquellos valores que proporcionan a sus poseedores una prioridad sobre los poseedores de acciones ordinarias, tanto en la percepción de dividendos, como en la devolución del capital, en caso de disolución de la sociedad. Ordinariamente los accionistas de esta clase tienen derecho a un dividendo fijo, pero las "acciones preferentes con participación" permiten que también reciban sus poseedores una parte limitada en los beneficios residuales. Si en un año determinado no se paga dividendo alguno a los poseedores de "acciones preferentes acumulativas", su derecho persiste y debe satisfacerse al año siguiente junto con el dividendo de este año, antes de que se realice el pago a los accionistas ordinarios. Los accionistas preferentes, por otra parte, tienen unos derechos de votación más restringidos que los ordinarios. Suelen emitir acciones preferentes las sociedades que quieren allegar más fondos y no quieren acudir al préstamo o a la emisión de obligaciones, porque esto les obligaría de todos modos a pagar los intereses aunque fuese un mal año y en cambio, con las acciones preferentes puede que no exista la obligación legal de pagar dividendos. En periodos de inflación los inversores prefieren las acciones ordinarias que suelen dar dividendos más altos.

§ Acciones preferentes acumulativas. [economía] y [comercio] Véase Acciones preferentes.

§ Acciones preferentes con participación. Véase Acciones preferentes.

§ Acciones secundarias. [electricidad] En la electrólisis a veces reaccionan los productos de la descomposición sobre el agua u otros cuerpos, dando lugar a las llamadas acciones secundarias.

§ Certificados de las acciones. [economía] y [comercio] Documento que una sociedad anónima proporciona a cada accionista, donde se indica el número y el valor de las acciones que posee.

§ Intercambio de acciones. [economía] Véase Empresas (Combinación de).

§

  1. Medios de acción sindical. Se conocen con este nombre los medios, instrumentos o procedimientos de que se vale el movimiento sindical, en sus tácticas o estrategias, para conseguir sus fines de defensa y promoción de intereses profesionales. Estos medios pueden clasificarse según los siguientes apartados:
  2. acción directa;
  3. negociación colectiva;
  4. acción orgánico-jurisdiccional;
  5. asistencial; y
  6. acción política. Como se dice en Acción directa (Véase), el primero de ellos fue el utilizado en los tiempos heroicos del nacimiento del sindicalismo. Su principal expresión es la huelga, sea simbólica (huelgas de "aviso"), de brazos caídos, de trabajo lento, etc. Son medios de acción directa también el boicot y la ocupación de fábricas. El boicot consiste en la invitación que hace un sindicato a sus afiliados u obreros en general, o público, a que no consuman los productos o utilicen los servicios de una o varias empresas. El "label" es una forma indirecta de boicot que consiste en la concesión de una marca sindical, puesta en los productos de una empresa, como signo de que dicha empresa se comporta correctamente en sus relaciones laborales con los trabajadores. La ocupación de los talleres por parte de los trabajadores es una forma violenta de coacción que, en general, por su carácter netamente revolucionario, va siendo abandonada por las organizaciones sindicales, a pesar de que grupos incontrolados de trabajadores la utilicen en nuestros días como supremo acto de presión. En la actualidad, la huelga es casi el único medio de acción directa que pervive, incluso dentro de un marco legal. Sin embargo, la conciliación sindical, el arbitraje y la contratación colectiva van imponiendo su ley como medios óptimos de acción. También contribuye a ello la organización de tribunales o magistraturas de trabajo con poder jurisdiccional y la intervención de la autoridad laboral. De aquí que, hoy día, los medios de acción directa se utilicen por los sindicatos de manera excepcional, como un recurso último, cuando se han agotado todos los procedimientos de diálogo y negociación sin resultado. Esto es debido, en gran parte, a la experiencia funesta que se tiene en la sociedad moderna de las enormes implicaciones económico-sociales, y también políticas, de la llamada acción directa. (Véase: Acción directa; Huelga; Huelga, Formas de: "Lock-out").

§ Mala acción. Fechoría, mala pasada.

§ Coger, o ganar, a uno la acción. Frase que significa: Anticiparse a sus intentos, impidiéndole llevarlos a la práctica. [definición académica].


 


Sinónimos de "acción"





Ver más sinónimos de acción

 


Posibles prefijos y sufijos:



En la palabra acción, se ha identificado el sufijo -ción, sufijo que forma sustantivos derivados de verbos, indicando la acción o el efecto de la acción expresada por el verbo. Ejemplos: creación (acción de crear), formación (acción de formar).




Análisis sintáctico de "acción"


A nivel sintáctico, "acción" se puede clasificar de la siguiente forma:


Si desea hacer otro análisis sintáctico consulte nuestra sección "Analizador sintáctico".

Ir al analizador sintáctico de frases




Frecuencia de uso de "acción"



Uso en películas

En una escala del 1 al 10, esta palabra es de nivel 1. Más concretamente, ocupa el lugar 1.301 de un total de 539.893 palabras que hemos analizado en esta fuente.

Esto significa que es una de las palabras más usadas del idioma, indicando una alta frecuencia de uso en textos y conversaciones diarias.
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10

Uso en libros (hasta 1923)

En una escala del 1 al 10, esta palabra es de nivel 1. Más concretamente, ocupa el lugar 1.117 de un total de 246.869 palabras que hemos analizado en esta fuente.

Esto significa que es una de las palabras más usadas del idioma, indicando una alta frecuencia de uso en textos y conversaciones diarias.
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10

Uso en Wiktionary

En una escala del 1 al 10, esta palabra es de nivel 1. Más concretamente, ocupa el lugar 79 de un total de 854.150 palabras que hemos analizado en esta fuente.

Esto significa que es una de las palabras más usadas del idioma, indicando una alta frecuencia de uso en textos y conversaciones diarias.
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Ver más datos del análisis de acción