¿Qué significa discernimiento?
[dis-cer-ni-mien-to] [disθeɾniˈmjento] [disθɛrniˈmĭento]
Acción de discerner o la palabra proviene del verbo discerner.
Diccionario
discernimiento
- [masculino] Acción de discernir.
- Juicio con que distinguimos una cosa de otra o percibimos la diferencia que existe entre ellas.
- Adjudicación, otorgamiento. Es [barbarismo].
- [derecho foral] Nombramiento judicial que habilita a una persona para alguna acción. [definición académica].
discernimiento
Más información. — En el orden práctico, el discernimiento significa algo semejante al sentido común, a la razón. En todo acto, en toda manifestación del entendimiento, se halla incluido o implícito el discernimiento, porque no es concebible que uno comprenda y se penetre de lo que es un objeto, ni alcance la concepción de su naturaleza, si carece del discernimiento de las partes que lo constituyen, de sus propiedades y de sus relaciones.
Lo "indiscernible" es lo indistinto, lo que no se ha examinado, conocido, ni entendido. Al discernimiento se le concede un sentido referido a todo el ejercicio mental, y en muchas ocasiones, al uso de la misma razón. Se llama juicio discernido al que ordenadamente declara los términos mediante el lazo lógico de su unión, y juicio indiscernido, el que declara los términos con vaguedad e indefinidos. Se considera el instinto como el grado ínfimo del discernimiento. En el hombre, si bien nunca le falta discernimiento, no se presenta pon toda claridad en su edad infantil; pero a su primer desarrollo, se le llama llegar al uso de la razón, por constituir una parte de la facultad que tiene para juzgar esta misma razón. No se puede precisar con exactitud, el primer momento que en el hombre hay discernimiento, pero en su desarrollo normal, se considera cuando distingue las acciones buenas de las malas, ya que la palabra discernir, es, ante todo, distinguir entre el bien y el mal. En el campo del Derecho penal positivo, "no incurre en responsabilidad penal, y por lo tanto no delinque, el mayor de nueve años y menor de dieciséis que haya obrado sin discernimiento", (art. 8. número 2, Código penal).
En este caso el problema del discernimiento se plantea entre los niños y los jóvenes en quienes puede concurrir la circunstancia eximente, o sea la no existencía del delito, por la total carencia de culpa o malicia en el delincuente. En materia penal, se entiende pues, el discernimiento, como la inteligencia suficientemente desarrollada para comprender la crirninalidad de los actos que se han ejecutado y también, la capacidad de distinguir lo bueno de lo malo, en la noción de la moralidad y de la responsabilidad moral. En el modo de apreciar el discernimiento de los niños y los jóvenes como circunstancia eximente en materia penal, las opiniones entre los juristas son muy variables entre la defendida por unos de mantener con todo rigor lo establecido en el Derecho penal vigente, y la mantenida por otros, que discrepan en absoluto, por entender que la dominante dirección científica exige la modificación del Derecho penal en el discernimiento en los niños y jóvenes por la adopción de medidas educativas exclusivamente, afianzando su opinión, en los votos que en este sentido han acordado los Congresos de la Unión Internacional de Derecho penal de Berna (1890), y de Stuttgart (1903).
Nuestro Código penal vigente (art. 8), determina, que cuando el menor de dieciséis años ejecuta un hecho castigado por la ley, será entregado a la jurisdicción especial de los Tribunales Tutelares de Menores, y en las provincias donde no existan estos Tribunales, el juez instructor aplicará la ley de esa institución, ajustándose en todo lo posible al procedimiento ordenado en la misma, y caso de considerar necesario el internamiento del menor, lo efectuará en algún asilo o establecimiento destinado a la juventud desvalida, teniendo siempre en cuenta las condiciones subjetivas del agente y no el alcance jurídico del acto cometido.
El discemimiento de la tutela corresponde actualmente con arreglo al Código Civil, al Consejo de familia.
Sinónimos de "discernimiento"
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Posibles prefijos y sufijos:
En la palabra discernimiento, se identifica el prefijo dis-, (del griego dys, mal o difícil). Prefijo que indica dificultad, anomalía o imperfección. Ejemplo: dispepsia (dificultad digestiva), disfunción (anomalía en el funcionamiento).
Análisis sintáctico de "discernimiento"
A nivel sintáctico, "discernimiento" se puede clasificar de la siguiente forma:
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Frecuencia de uso de "discernimiento"
Uso en películas
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Uso en libros (hasta 1923)
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Uso en Wiktionary
En una escala del 1 al 10, esta palabra es de nivel 1. Más concretamente, ocupa el lugar 36.760 de un total de 854.150 palabras que hemos analizado en esta fuente.Esto significa que es una de las palabras más usadas del idioma, indicando una alta frecuencia de uso en textos y conversaciones diarias.