¿Qué significa derecho?
[de-re-cho] [deˈretʃo] [deˈɾet͡ʃo]
Palabra derivada del latín diréctus, participio pasado de dirigere, enderezar, alinear.
Diccionario
derecho
- [adjetivo] Recto, igual, seguido, sin torcerse a un lado ni a otro. Esta pared no está derecha.
- [adjetivo] Justo, legítimo.
- [adjetivo] Fundado, cierto, razonable.
- [adjetivo] directo. (dicho de otra forma, que va sin detenerse en puntos intermedios). Id derechos al asunto.
- [adjetivo] Dicho de una parte del cuerpo humano: Que está situada en el lado opuesto al del corazón. Los diestros utilizan la mano derecha.
- [adjetivo] Que está situado en el lado opuesto al del corazón del observador.
- [adjetivo] Que cae hacia la parte derecha de un objeto. El jardín que hay a la parte derecha de la casa.
- [adjetivo] Dicho de lo que hay en una cosa que se mueve: Que está en su parte derecha o cae hacia ella, según el sentido de su marcha o avance. El faro derecho del autobús. La orilla derecha del río.
- [sustantivo] [masculino] Facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida.
- [sustantivo] [masculino] Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permite en ella.
- [sustantivo] [masculino] Facultades y obligaciones que derivan del estado de una persona, o de sus relaciones con respecto a otras. El derecho del padre. Los derechos humanos.
- [sustantivo] [masculino] Justicia, razón.
- [sustantivo] [masculino] Conjunto de principios y normas, expresivos de una idea de justicia y de orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia puede ser impuesta de manera coactiva.
- [sustantivo] [masculino] Ciencia que estudia estos principios y preceptos.
- [sustantivo] [masculino] Exención, franquicia, privilegio.
- [sustantivo] [masculino] Lado de una tela, papel, tabla, etc., en el cual, por ser el que ha de verse, aparecen la labor y el color con la perfección conveniente.
- [sustantivo] [masculino] Cantidad que se paga, según un arancel, por la utilización de cosas o servicios de una administración pública, corporativa o privada. Se usa más en género masculino plural Derechos aduaneros.
- [sustantivo] [masculino] [español antiguo] Sendero, camino.
- [adverbio] [sustantivo] [masculino] derechamente.
- Derecho administrativo.
- [sustantivo] [masculino] Parte del ordenamiento jurídico que regula las administraciones públicas, su organización y sus servicios, así como sus relaciones con los ciudadanos.
- Derecho adquirido.
- [sustantivo] [masculino] derecho que una determinada persona tiene en virtud de una ley y que ha de ser respetado por la legislación posterior. Se usa más en género masculino plural derecho al pataleo.
- [sustantivo] [masculino] [expresión coloquial] Última y vana actitud de protesta que adopta o puede adoptar el que se siente defraudado en sus derechos.
- Derecho canónico.
- [sustantivo] [masculino] Ordenamiento que regula la organización de la Iglesia católica y las facultades y obligaciones de sus miembros.
- Derecho cesáreo.
- [sustantivo] [masculino] [español antiguo] derecho civil.
- Derecho civil.
- [sustantivo] [masculino] derecho que regula las relaciones privadas de los ciudadanos entre sí.
- [sustantivo] [masculino] [español antiguo] derecho romano.
- Derecho comercial.
- [sustantivo] [masculino] derecho mercantil.
- Derecho común.
- [sustantivo] [masculino] derecho romano reelaborado por glosadores y posglosadores que se aplicaba durante la Edad Media en toda Europa.
- [sustantivo] [masculino] En España, derecho civil general, por oposición a los derechos autonómicos o forales.
- [sustantivo] [masculino] derecho civil, por oposición a los derechos especiales como el administrativo, el mercantil, etc.
- Derecho comunal.
- [sustantivo] [masculino] [español antiguo] derecho de gentes.
- Derecho comunitario.
- [sustantivo] [masculino] Ordenamiento jurídico propio de la Unión Europea, que se aplica con preferencia sobre los ordenamientos particulares de los Estados que la componen.
- Derecho constitucional.
- [sustantivo] [masculino] derecho que se refiere a la Constitución, su valor y eficacia.
- Derecho consuetudinario.
- [sustantivo] [masculino] derecho introducido por la costumbre.
- Derecho criminal.
- [sustantivo] [masculino] derecho penal.
- Derecho de acrecer.
- [sustantivo] [masculino] derecho de uno o varios coherederos o colegatarios a la porción o parte de la herencia a la que otro u otros renuncian o no pueden adquirir.
- Derecho de admisión.
- [sustantivo] [masculino] Facultad por la que el titular de un establecimiento abierto al público se reserva la decisión de denegar la entrada a este.
- Derecho de asilo.
- [sustantivo] [masculino] derecho que permite a los perseguidos políticos ser acogidos en un país extranjero.
- Derecho de autor.
- [sustantivo] [masculino] derecho que la ley reconoce al autor de una obra intelectual o artística para autorizar su reproducción y participar en los beneficios que esta genere.
- Derecho de avería.
- [sustantivo] [masculino] [español antiguo] En el comercio de varios países ultramarinos, cierto repartimiento o gabela impuesto sobre los mercaderes o las mercancías, y el ramo de renta compuesto de este repartimiento y derecho.
- Derecho de cerramiento.
- [sustantivo] [masculino] Facultad que tiene todo propietario de inmuebles para cerrarlos, y que históricamente significó la exclusión de derechos señoriales sobre los fundos privados.
- Derecho de deliberar.
- [sustantivo] [masculino] beneficio de deliberar.
- Derecho de ejecución.
- [sustantivo] [masculino] El de autor que corresponde a los ejecutantes o intérpretes de obras musicales o literarias.
- Derecho de entrada.
- [sustantivo] [masculino] derecho que se paga por ciertos géneros cuando se introducen en un puerto o aduana. Se usa más en género masculino plural derecho de estola.
- [sustantivo] [masculino] pie de altar.
- Derecho de gentes.
- [sustantivo] [masculino] derecho natural que los romanos reconocían a todos los hombres, a diferencia del que era peculiar de sus ciudadanos.
- [sustantivo] [masculino] derecho internacional.
- Derecho del trabajo.
- [sustantivo] [masculino] derecho laboral.
- Derecho de pataleo.
- [sustantivo] [masculino] [expresión coloquial] derecho al pataleo.
- Derecho de patronato.
- [sustantivo] [masculino] Privilegios y facultades del patrono, según el estatuto de fundación.
- [sustantivo] [masculino] derecho que tradicionalmente han ejercido los reyes o jefes de Estado de presentar a la Santa Sede personas para los cargos episcopales.
- Derecho de pernada.
- [sustantivo] [masculino] Rito feudal en el que el señor, tocando con la pierna el lecho nupcial, simbolizaba la servidumbre de la descendencia del nuevo matrimonio.
- [sustantivo] [masculino] En algunos territorios, derecho que se atribuyó al señor feudal, para yacer con la esposa del siervo en su noche de bodas.
- [sustantivo] [masculino] [expresión coloquial] Ejercicio abusivo del poder o de la autoridad.
- Derecho de rectificación.
- [sustantivo] [masculino] derecho que la ley concede a toda persona para que se rectifique la información, difundida por cualquier medio de comunicación, de hechos que considere inexactos y cuya divulgación pueda perjudicarla.
- Derecho de regalía.
- [sustantivo] [masculino] derecho que se paga por el tabaco elaborado al ser introducido en España.
- Derecho de réplica.
- [sustantivo] [masculino] derecho de rectificación.
- Derecho divino.
- [sustantivo] [masculino] derecho que, según ciertas religiones, procede de Dios.
- Derecho eclesiástico.
- [sustantivo] [masculino] derecho del Estado, que regula el régimen de las confesiones religiosas en el orden civil.
- Derecho escrito.
- [sustantivo] [masculino] Ley escrita y promulgada, a diferencia de la establecida por tradición y costumbre.
- Derecho financiero.
- [sustantivo] [masculino] Sector del ordenamiento que comprende el derecho tributario, el régimen presupuestario y el de los gastos públicos.
- Derecho intermedio.
Sinónimos de "derecho"
Ver más sinónimos de derecho
Posibles prefijos y sufijos:
En la palabra derecho, se identifica el prefijo de-, (del latín de, desde, fuera de). Prefijo que denota separación, descenso, disminución o privación. Ejemplos: decolorar (quitar el color), descomponer (deshacer), devaluar (reducir el valor).
Enciclopedia
derecho
- [participio pasado] irregular [español antiguo] de Dirigir.
- [adjetivo] Recto, seguido, que no se tuerce o inclina a ningún lado.
- Erguido, levantado.
- Véase Fil derecho, en el artículo [filosofía].
- Véase Mano derecha, en el articulo Mano.
- Dícese de la mano que corresponde a la parte del oriente cuando el cuerpo mira de cara al polo Norte; y aplicase también a todo lo que cae a esta mano o está a su lado.
- Respecto de un río, Dícese de lo que cae a mano derecha del observador que se coloca mirando río abajo.
- Justo, legítimo, razonable.
- [español antiguo] Cierto, conocido como verdadero.
- [español antiguo] Legítimo.
- [sentido figurado] Véase Camino derecho, en el articulo Camino.
- [arquitectura] Véase Pie derecho, en el articulo Pie.
- [americanismo] En la [República Dominicana], América Central. Colombia y Venezuela, feliz, dichoso, afortunado. También se usa con el verbo estar.
- [adverbio de modo] Derechamente, en derechura.
- [masculino] Facultad natural del hombre para hacer dentro de la ley lo que conduce a los fines de su vida.
- Facultad de hacer o exigir todo lo establecido en nuestro favor por la ley o la autoridad, o que el dueño de una cosa nos permite en ella.
- Consecuencias naturales del estado de una persona, o relaciones que tiene con respecto a otras.
- Acción o autoridad que se tiene sobre personas o cosas.
- Razón, justicia, equidad.
- Obligación, deuda.
- Es usual agrupar varias normas o disposiciones que hagan referencia a un mismo objeto y hablar de derecho agrario, aéreo marítimo, industrial, arrendatario, etc.
- Colección o cuerpo de leyes que rigen toda sociedad civil, y Facultad universitaria que abraza el estudio de ellas.
- Exención, privilegio.
- Sendero, camino.
- Lado o cara principal de una tela, papel, etc., en el cual aparecen la labor y el color con la debida perfección.
- [derecho foral] Véase Condición imposible, ficción, información de derecho, en los artículos Condición, Ficción e Información, respectivamente.
- [derecho foral] Véase Información, papel en derecho, en los artículos Información y Papel, respectivamente.
- [derecho foral] Véase Presunción de solo derecho, en el artículo Presunción.
- [plural] Lo que se paga en las aduanas, tribunales, etcétera, con arreglo a arancel, y también los honorarios de ciertas profesiones.
§ Derecho administrativo. El que regula la organización, funciones y procedimientos del poder ejecutivo.
§ Derecho adquirido. El creado al amparo de una legislación y que merece respeto de las posteriores. También se usa como masculino en plural.
§ Derecho canónico. Conjunto de reglas establecidas por la Iglesia, que atañen al orden jerárquico de las autoridades de la Iglesia y a sus relaciones con los fieles católicos en cuanto corresponde al fuero externo.
§ Derecho cesáreo, civil o común. El que regula las relaciones privadas de los ciudadanos entre sí. Por antonomasia, el Derecho romano.
§ Derecho científico. Denominación dada a las obras y opiniones de los tratadistas del Derecho. Véase Fuente de derecho.
§ Derecho comparado. Disciplina que estudia conjuntamente los ordenamientos jurídicos de distintos países, señalando sus diferencias y concordancias.
§ Derecho constitucional. Leyes fundamentales del Estado que sirven de base para las demás y regulan la forma y función de los poderes públicos.
§ Derecho consuetudinario, o no escrito. El introducido por la costumbre practicada por mucho tiempo.
§ Derecho corporativo. Parte de la Jurisprudencia que trata de la organización del Estado corporativo, de la naturaleza jurídica, y de las funciones y atribuciones de las entidades corporativas.
§ Derecho criminal o penal. El que regula el castigo de los delitos por la imposición de penas.
§ Derecho de acrecer. El que uno o varios coherederos o colegatarios tienen sobre la parte de herencia que otro u otros renuncian o no pueden adquirir; y en los cabildos, acción que los prebendados que asisten a los oficios divinos tienen a la renta que pierden los que no asisten.
§ Derechos de acuñación. [economía] Derechos que se reservan generalmente los gobiernos para convertir lingotes metálicos en moneda de curso legal.
§ Derecho de Aduana. Impuesto cargado sobre el movimiento de mercancías y el tráfico de bienes que se encuentran en los confines del territorio del Estado (costas y fronteras) para entrar, salir o transitar por el mismo.
§ Derecho de albinagio. Derecho de aubana.
§ Derecho de asilo. Asilo, lugar privilegiado del refugio para los delincuentes, y también, inmunidad, privilegio local concedido a los templos e iglesias, en virtud del cual los delincuentes que se acogían a ellos no eran castigados con pena corporal en ciertos casos.
§ Derecho de aubana. Derecho que tenían algunos reyes y señores feudales de heredar al extranjero no naturalizado, y al naturalizado que falleciera abintestato sin dejar sucesión regnícola en cuanto a los bienes que poseía en su territorio. Se desarrolló principalmente en Francia, donde fue definitivamente suprimido en 1819. También se le denominó derecho de albinagio.
§
- Derecho de autor. El de propiedad intelectual y sus derivados que sobre las obras científicas, artísticas, literarias, musicales, etc., tienen los autores de ellas y, en algunos casos, sus ejecutantes e intérpretes.
- [plural] Cantidad que se cobra por este concepto.
§ Derecho de avería. En el comercio de varios países de ultramar, cierto repartimiento o tributo impuesto sobre los mercaderes o las mercaderías, y el ramo de renta que se compone de este repartimiento y derecho.
§ Derecho de balanza. Impuesto creado en 1824, consistente en el uno por ciento del importe total de los derechos a que se hallaban sujetos los géneros que entraban y salían por la aduanas.
§ Derecho, de bandera. Impuesto que pagan las mercaderías por ser transportadas en los buques.
§ Derecho de braceaje. Exceso de valor nominal de la moneda acuñada sobre el intrínseco, en que el Estado se beneficiaba para resarcirse de los gastos de acuñación.
§ Derecho de crédito. Véase Derecho obligacional.
§ Derecho de deliberar. Beneficio de deliberar.
§ Derecho de ejecución. Derecho de autor que corresponde a los ejecutantes o intérpretes de obras musicales o literarias.
§ Derecho de entrada. El que se paga por ciertos géneros al ser introducidos en un país o aduana. También se usa como masculino en plural.
§ Derecho de espada. Cantidad que al tiempo de su ingreso en la Guardia real pagaban los oficiales nuevos.
§ Derecho de estola. Pie de altar.
§ Derecho de exportación. Impuesto de Aduanas, cobrado a la salida de mercancías por costas o fronteras.
§ Derecho de fábrica. Cantidad que se satisface al erario o fábrica de una parroquia, colegiata, catedral, etc.
§ Derecho de garantía. Aquél que se constituye para garantizar el cumplimiento de una obligación como el de hipoteca, de prenda, etc.
§ Derecho de gentes. En la antigüedad, derecho natural que era común a todos los hombres entre sí, a diferencia del peculiar de los romanos; actualmente, el que siguen todos los pueblos en sus relaciones recíprocas de nación a nación o de hombre a hombre. Dícese también Derecho internacional.
§ Derecho de internación. El que se pagaba por introducir tierra adentro las mercancías. También se usa como masculino en plural.
§ Derecho del arrendatario. [historia] En Irlanda, congelación del arrendamiento de las tierras.
§ Derecho del trabajo. Puede definirse, como rama independiente del Derecho, como el conjunto de principios y normas científicamente ordenado, que regula las relaciones entre los trabajadores y empresarios o empleadores, y de ambos con el Estado, pera conseguir un régimen estable de convivencia social capaz de permitir el desarrollo de la producción económica y la digna existencia del asalariado que en ella colabora.
Su aparición, relativamente moderna, en los sistemas legales de todos los países del mundo, se debe principalmente al impulso desplegado por los distintos movimientos sindicales en su lucha por lograr una mayor justicia social entre quienes proporcionan el trabajo y aquellos que lo prestan.
De ahí que el proceso histórico del Derecho del trabajo vaya íntimamente unido al desarrollo de las instituciones sindicales, a las que debe su propia existencia y plenitud. Como sinónimo del mismo, se han empleado en determinadas circunstancias de lugar y tiempo, los términos de Derecho Social, Derecho Obrero, Derecho Industrial, etc., que si bien obedecen a concretos aspectos de su origen y evolución, no por ello comprenden en su totalidad y significado al amplio campo que contiene el Derecho del Trabajo.
§ Derecho de pataleo, [sentido figurado] y [informal] Desahogos o quejas inútiles de quien se ve contrariado en sus derechos o aspiraciones.
§ Derecho de patronato. Privilegios y facultades del patrono, de acuerdo con el estatuto de fundación y especialrnente el poder o facultad de presentar personas hábiles para los beneficios y capellanías vacantes.
§ Derecho de pernada. Antiguo derecha que se atribuían clertos feudales, de entrar en el lecho de la desposada antes que el marido, y que se rescataba por un tributo en metálico.
§ Derecho de regalía. El que paga el tabaco elaborado al ser introducido en España.
§ Derecho de respuesta. El que la ley de imprenta concede o reconoce a la persona aludida de modo expreso en un periódico para contestar desde el mismo a las alusiones que le hayan sido dirigidas.
§ Derecho de superficie. El que puede tener una persona sobre los edificios, árboles, etc. sitos en suelo ajeno.
§ Derechos de timbre. [economía] Impuesto que se carga añadiendo o imprimiendo timbres o sellos a los documentos, en especial a aquéllos que se refieren a transacciones financieras. Si no están timbrados, estos documentos carecen de validez. Los documentos normalmente sujetos a timbre son: cheques bancarios, documentos de propiedad, valores, préstamos, hipotecas y pólizas de seguros.
§ Derecho diferencial de bandera. Diferencia de derechos que se pagan transportando las mercaderías en buques de unas o de otras naciones.
§ Derecho divino. El que procede directamente de Dios, ya por ley natural. ya por medio de la revelación.
§ Derecho eclesiástico. Derecho canónico.
§ Derecho escrito. Ley escrita y promulgada, a diferencia de la establecida por tradidición y costumbres.
§ Derecho espacial. Moderna rama jurídica que considera y pretende resolver las cuestiones que van planteando los progresos de la astronáutica.
§ Derecho fiscal. El conjunto de normas que regulan la actividad del Estado y otros entes públicos encaminada a proporcionarles ingresos.
§ Derecho toral. En España equivale a derecho especial de una región, principalmente los ordenamientos civiles de los antiguos reinos medievales que se conservan, muchos de ellos compilados en recientes leyes, en Aragón, Baleares, Cataluña, Navarra y Álava y Vizcaya principalmente.
§ Derecho germánico. El de los pueblos de raza germánica, en especial los que invadieron Europa a la caída del Imperio Romano de Occidente.
§ Derecho hereditario. Conjunto de normas que regulan la sucesión en los bienes y derechos dejados por una persona al fallecer (sucesión moríis causa.)
§ Derecho hereditario. En sentido subjetivo, es el que corresponde al heredero sobre la totalidad o parte del patrimonio relicto no dividido.
§ Derecho hipotecario. En España, denominación dada a las normas que regulan el Registro de la propiedad inmobiliaria.
§ Derecho histórico. Disposiciones y sistemas jurídicos que han regido en tiempos pretéritos.
§ Derecho internacional. El que siguen todos los pueblos civilizados en sus relaciones recíprocas de nación a nación o de hombre a hombre, distinguiéndose con el nombre de Derecho internacional público en el primer caso y con el de Derecho ínternacional privado en el segundo.
§ Derecho interplanetario. Véase Derecho espacia!.
§ Derecho intertemporal o transítorio. Al producirse un cambio legislativo, las normas que se dictan para determinar el régimen jurídico de las relaciones ya existentes en aquel momento.
§ Derecho laboral. Véase Derecho del trabajo.
§ Derecho mercantil. El que de manera especial regula las relaciones concernientes a personas, lugares, contratos y actos del comercio terrestre y marítimo.
§ Derecho militar. El que regula la organización militar y otros actos sujetos a su jurisdicción.
§ Derecho municipal. Colección de leyes, pragmáticas y costumbres peculiares a una población o distrito.
§ Derecho natural. Principios que inspira la naturaleza acerca del bien y del mal.
§ Deredio no escrito. Derecho consuetudinario.
§ Derecho objetivo. Conjunto de normas que regulan la vida social humana con el fin de que prevalezca la justicia.
§ Derecho obligacional o de obligaciones. Aquella parte del Derecho personal que regula las obligaciones o vínculos entre personas, de contenido económico.
§ Derecho obrero. Véase Derecho laboral.
§ Derecha parroquial. Jurisdicción que corresponde al párroco en las cosas espirituales de sus feligreses.
§ Derecho penal. El que establece y regula la represión o castigo de los crímenes o delitos, por medio de la imposición de las penas.
§ Derecho persona!. El que relaciona a los sujetos entre sí y no está atribuido a las personas sobre las cosas. Dícese de aquellos derechos subjetivos que no pueden transmitirse a otra persona.
§ Derecho politico. El que regula el orden y funcionamiento del poder o poderes del Estado y sus relaciones con los ciudad anos.
§ Derecho pontificio. Los decretos y normas del Derecho canónico dictadas directamente por el Papa.
§ Derecho positivo. El establecido por leyes, ya sean divinas, ya humanas, el cual se usa en contraposición al derecho natural.
§
§ Derecho pretorio. El establecido por los pretores, que explica o modifica las leyes civlles, atendiendo más a la equidad natural que al rigor de la letra.
§ Derecho procesal. El relativo a los procedimientos judiciales.
§ Derecho público. El que regula el orden general del Estado y sus relaciones con los súbditos o pon los demás Estados.
§ Deredho real. El que tienen las personas sobre las cosas.
§ Derecho registra!. El que regula el íuncionamiento de los registros públicos: Civll, Mercantil, Propiedad Inmobiliaria, etc.
§ Derecho romano. Véase Roma y Justíniano.
§ Derecho social. Las normas que regulan cualquier conflicto social, en especial las referentes a relaciones entre patronos y obreros. Véase Derecho laboral.
§ Derecho subjetivo. Facultad reconocida y garantizada a una persona por el derecho objetivo.
§ Derecho sucesorio. Véase Derecho hereditario.
§ Derecho supletorio. Preceptos que sólo se aplican cuando los contratantes o la ley directamente aplicable no regulan la cuestión controvertida.
§ Derecho tributario. El conjunto de normas que regulan los impuestos, exacciones y demás tributos. En este sentido es una rama del Derecho fiscal, si bien es corriente ver usadas ambas expresiones como sinónimos.
§ Derechos abaciales. Véase Abadía.
§ Derechos de aduana y consumos. [economía] y [comercio] Consisten en una especie de los impuestos indirectos, ya que no se recaudan directamente de los individuos, sino a través de los importadores, industriales, distribuidores y otros intermediarios en la forma de derechos de aduana (sobre bienes importados) y consumos (sobre bienes y productos fabricados en el país).
Estos impuestos indirectos inciden sobre las compras, apuestas, televisión, espectáculos, cerveza y bebidas, etc.
§ Derechos de examen. La cantidad que se paga por examinarse.
§ Derechos de fábrica. Derechos que en las iglesias se cobran por bautizos, casamientos, entierros y otros actos o ceremonias, y sirven para las reparaciones del templo o para costear los gastos del culto.
§ Derechos de matrícula. La cantidad que se paga por matricularse.
§ Derechos Especiales de Giro. [economía] Véase en el artículo Giro.
§ Derechos parroquiales. Retribuciones sujetas a arancel correspondientes a cada iglesia parroquial o al los que en ella sirven.
§ Derechos reales. Impuestos sobre la propiedad que se transfiere en caso de muerte del propietario. Normalmente este impuesto es progresivo, conforme a unos tipos que crecen con el valor neto de la propiedad. Se cargan sobre bienes inmuebles, sobre todo, pero también se extiende a los fondos en fideicomiso con renta vitalicia y a las donaciones hechas antes de la muerte.
§
- A derechas o al derecho, locución adverbial Con acierto, con destreza, con justicia.
- Se aplica a las formas y movimientos helicoidales que avanzan cuando giran en el mismo sentido que las manecillas de un reloj.
§ Pequeño derecho. El que corresponde percibir a compositores o poetas, en concepto de autores, por cada una de las piezas o canciones, ofrecida al público en espectáculo de pago.
§ A las derechas. [locución adverbial] de que se usa pera explicar que una persona procede bien y con rectitud.
§ Conforme a, o según, derecho, [locución adverbial] [derecho foral] Con rectitud y justicia.
§ Dar derecho, (esta frase es del español antiguo y ya no se utiliza en el uso diario) Hacer justicia, desagraviar.
§ Dar derecho de uno. (esta frase es del español antiguo y ya no se utiliza en el uso diario) Obligarle por justicia a que haga lo que debe.
§ De derecho, [locución adverbial] Con arreglo a derecho. 11 Contrapónese asimismo a de hecho, para indicar lo que es legítimo comparado con lo que existe meramente, abstracción hecha de esta cualidad.
§ De derecho en derecho, [locución adverbial] [español antiguo] Derechamente, en derechura.
§ En derecho de su dedo, o de sus narices, [locución adverbial] En derechura de sus narices.
§ Estar uno a derecho. Frase que significa: [derecho foral] Comparecer por sí o por su procurador en juicio, con obligación de pasar lo sentenciado por el juez.
§ Estar derecho. [americanismo] Entre dos personas, no deberse nada una a otra; saldar las deudas.
§ Facer derecho a uno. (esta frase es del español antiguo y ya no se utiliza en el uso diario) Hacerle justicia.
§ Hacer derecho, (esta frase es del español antiguo y ya no se utiliza en el uso diario) Estar a derecho u obrar con justicia.
§ Ir, o tirar, por derecho. Frase que significa: [sentido figurado] Proceder en derechura, de modo recto.
§ No haber derecho, frase familiar Denota indignación por algo que se considera injusto o intolerable. Se usa en forma impersonal y, muchas veces, en forma exclamativa. También se emplea en sentido humorístico.
§ Perder uno de su derecho. Frase que significa: Ceder, transigir, consentir, a fin de llegar a un ajuste o concordia.
§ Por derecho. [tauromaquia] En la suerte de matar los toros con estoque, atacar con rectitud sin desviarse de la línea que arrancando del lugar que ocupa el diestro se continuaría con la del espinazo del toro.
§ Usar uno de su derecho. Frase que significa: [derecho foral] Valerse de la acción que le compete para el efecto que le convenga, y por extensión, ejercer su libertad lícitamente en cualquier línea. [definición académica].
Análisis sintáctico de "derecho"
A nivel sintáctico, "derecho" se puede clasificar de la siguiente forma:
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Frecuencia de uso de "derecho"
Uso en películas
En una escala del 1 al 10, esta palabra es de nivel 1. Más concretamente, ocupa el lugar 666 de un total de 539.893 palabras que hemos analizado en esta fuente.Esto significa que es una de las palabras más usadas del idioma, indicando una alta frecuencia de uso en textos y conversaciones diarias.
Uso en libros (hasta 1923)
En una escala del 1 al 10, esta palabra es de nivel 1. Más concretamente, ocupa el lugar 429 de un total de 246.869 palabras que hemos analizado en esta fuente.Esto significa que es una de las palabras más usadas del idioma, indicando una alta frecuencia de uso en textos y conversaciones diarias.
Uso en Wiktionary
En una escala del 1 al 10, esta palabra es de nivel 1. Más concretamente, ocupa el lugar 345 de un total de 854.150 palabras que hemos analizado en esta fuente.Esto significa que es una de las palabras más usadas del idioma, indicando una alta frecuencia de uso en textos y conversaciones diarias.